Los condominios, como comunidad
humana, tienen necesidades que gestionar. Una de ellas es el manejo de los
desechos. La administración, como parte de ese deber de educar a los condóminos
y mostrar el liderazgo necesario para llevar a la comunidad a una mejor calidad
de vida, puede promover algunas acciones para cumplir con la ley y generar un
cambio positivo en la comunidad y en el distrito.
El undécimo informe Estado de La
Nación, del año 2005, señala algunos retos que es posible que hoy no hayamos
aún resuelto: aumento de la cantidad de desechos, falta de conciencia ambiental
– a pesar de iniciativas de educación -, carencia de prácticas generalizadas de
reciclaje y reutilización - a pesar de iniciativas
aisladas -, delegación de la política pública en las municipalidades que no hancumplido la tarea y enfrentan la tradicional falta recursos. El índice de
Gestión Municipal ha evaluado la gestión municipal con una calificación promedio
de 45,6%. Bastante deficiente. El Ministerio de Salud ha publicado su Plan Nacionalpara la Gestión Integral de Residuos 2016-2021.
Desde el ámbito privado, algunas
empresas han optado por cumplir con la norma ISO14001
para conseguir una gestión ambiental eficaz, y el Instituto Nacional de Acueductos
y Alcantarillados ha promovido adherirse al programa Bandera
Azul Ecológica, del que pueden participar los condominios. ¿Ha aspirado su
condominio a cumplir con alguna norma o programa similar?
Desde la perspectiva de normas con
obligatoriedad jurídica, en Costa Rica tenemos la ley 8839, que es obligatoria
para toda persona física y jurídica, así que más allá de si es o no una persona
jurídica el condominio, será obligatoria para sus residentes y la
administración.

Además, el artículo 38 de esa misma
ley exige a todo generador (incluyendo el condominio) acciones como: reducir la
generación de residuos, separarlos desde la fuente para ser entregados a un
gestor, mantener un registro actualizado de generación y gestión de cada
residuo generado, entre otras. ¿Cumple su condominio con estas obligaciones?
Recuerde que las autoridades de salud pueden y deben hacer visitas de
inspección y girar ordenes sanitarias para exigir correctivos.
Estas obligaciones se detallan en
los decretos 36093-S, Reglamento sobre el manejo de residuos sólidos ordinarios,
así como el 37567-S-MINAET-H, Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral
de Residuos.
Recuerde que el articulo 57 de
esta ley (así como el principio básico de la responsabilidad civil del Código
Civil) impone responsabilidades solidarias a quienes causasen daños ambientales
y a la salud.
Una de las principales formas de
exonerarse de responsabilidades es recordar a su mandante (sea la Asamblea de Propietarios)
la importancia de cumplir con la ley y evitar generar daños. ¿Ha expuesto esto
en Asamblea de Propietarios?
Si a todas estas preguntas ha respondido
no, es hora de tomar una acción inmediata.