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Mostrando entradas de julio, 2021

La remuneración de la administración del condominio

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La remuneración de la administración del condominio es un tema clave en la prestación de ese servicio. Para valorar jurídicamente aspectos sobre ella, debemos partir del hecho de que la propiedad en condominio es un tipo de propiedad especial, con características particulares de este régimen. El artículo 265 del Código Civil plantea que una propiedad sujeta al régimen condominal es imperfecta o limitada debido a que los locales, pisos, fincas o casas que pertenecen a distintos propietarios y estos serán condóminos de los bienes afectos al uso común. E s muy importante tener claro que firmar un contrato con quien ejerza la administración permite contemplar y exigir los principales elementos de esta labor Ahora, aunque la Ley 7933 del 28/10/1999, Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio, no estipula específicamente sobre cuándo se debe convocar Asamblea de Condóminos para acordar sobre el establecimiento o aumento de la remuneración para la administración ni cómo se establece est

Modificación de fachadas

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 Las fachadas es un tema que hemos tratado antes, en parte (aquí) , para abordar la pregunta de si es o no un área o bien común la fachada. Hablemos ahora de las fachadas claramente privadas. Dado que nuestra ley 7933 del 28/10/1999, Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio, no nos define el concepto de fachada, debemos acudir a otra norma. El Reglamento N° 6306, Reglamento de Construcciones del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, el cual se encuentra en vigencia desde el 31 de julio de 2018, define en su artículo 3, inciso 86), qué se entiende por fachada: “el alzado o geometral de una edificación. Puede ser frontal, lateral o posterior. En el caso de patios internos, puede ser interior.” Es decir, esas vistas del diseño, sea de frente, de lado o por atrás, son las fachadas. En un condominio horizontal, dado que la construcción pertenece al propietario del terreno sobre el cual se encuentra esta edificada, la fachada es parte de esa área privativa. Es importante tener clar