Dónde estacionar los vehículos

La cantidad de vehículos crece sin parar. Muchas razones podemos encontrar, desde pésimo servicio de transporte público, hasta la asociación que se hace del vehículo con un determinado estatus. Pero sea cual sea la razón, hay que ver dónde se acomodan esos vehículos. La regla general es que los vehículos en los condominios deben estacionarse según lo indique el Reglamento. La mayoría indica algo tan escueto como “ en los lugares destinados para ello ”, lo cual es algo redundante ya que en condominio las áreas o bienes deben de usarse según su destino (artículo 8, 15 y el 2 b y c, al establecerse el destino de cada parte del condominio). Como regla general los vehículos deben de estar en los estacionamientos de cada casa, o si es vertical, comercial o cuando así se haya dispuesto, en el área común de estacionamiento asignada o adquirida (si se diseñaron como filiales). De esta forma, sin duda que un área verde, el rancho o la caseta de los oficiales no es un área de estacio...