El rol de la presidencia en una Asamblea de Propietarios

Las asambleas de propietarios son un momento de enorme importancia en la vida del condominio, no solamente por la razón legal obvia de que es el lugar en el que se toman las principales decisiones del condominio sino porque será en mucho el resultado de las dinámicas de convivencia que se hayan desarrollado.
Cumplir con los requerimientos y mejores prácticas para convocar y realizar una asamblea de propietarios es el mínimo que siempre debe de cumplirse: Realizarla en la fecha debida (pues muchos reglamentos señalan las fechas de realización obligatoria), que sea generada la convocatoria por quien tenga esa autoridad y sea entregada en plazo según reglamento (pues la ley no impone ningún plazo), verificar la acreditación correcta de las personas participantes, cumplir con los mínimos legales de votaciones, asentar el acta debidamente en el libro respectivo y firmarla según indique en reglamento son algunos de esos requisitos.
Hay que hacer notar que la ley no hace diferencia entre los tipos de asambleas. Son asambleas de propietarios. Todas. Las diferencias de ordinaria y extraordinaria son totalmente coyunturales y el agregado de “General” que se hace en algunos reglamentos, es posiblemente una influencia indeseada del derecho comercial sin relevancia, pues no hay asambleas que no sean “generales”.
En el curso de la asamblea una decisión inicial es nombrar una persona que ejerza la presidencia de esta.
Sus labores son formalmente la conducción de la asamblea, es decir, velar porque todos los temas de la agenda, y solo esos, sean tratados. También suele tener el deber de firmar con quien ejerza la secretaría, el acta de la asamblea en el libro de actas de asambleas de propietarios.
Otra función muy importante es de conducción de la discusión: debe poder proponer a la asamblea reglas para el debate. Limitar a un determinado número de intervenciones sobre un tema, así como el tiempo de las intervenciones suele ser necesario para poder avanzar en los temas y que no se haga una asamblea eterna de cinco, seis o hasta más horas.
El rol de la presidencia implica además un necesario liderazgo que debe demostrar en la asamblea. No se trata de una figura pasiva cuya única función es firmar actas sino que debe ayudar a crear un adecuado ambiente en la asamblea. Los condóminos y en general las personas asistentes deben sentir y procurar un contexto seguro, en el que, aunque haya diferencias de criterio, no habrá abuso verbal o físico, manipulación ni irrespeto de cualquier clase. 
En caso de que este tipo de comportamientos lamentablemente se den debe iniciar haciendo una llamada al respeto. Puede incluir proponer recesos breves a la asamblea y hasta si es necesario mociones para solicitar a determinada persona que cese su conducta o que se retire de la asamblea. Es claro que no tiene poderes de policía para sacar por la fuerza a nadie, aunque si es necesario puede requerir el auxilio de Fuerza Pública.
Su función acaba al terminar la asamblea y con la firma del acta respectiva.

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