¿Es permitido o es prohibido?

Muchas consultas que hacen los condóminos, arrendatarios, y hasta visitas en condominio, se vuelven más complejas por un error de enfoque, que les hace dudar sobre si hay que averiguar si algo es prohibido, excepto que se indique su autorización , o si, al contrario, algo debe considerarse autorizado, excepto que se indique su prohibición . Como marco general, nuestro Código Civil indica: “ ARTÍCULO 266.- La propiedad y cada uno de los derechos especiales que comprende, no tienen más límites que los admitidos por el propietario y los impuestos por disposiciones de la ley .” Es decir, que ese derecho de propiedad incluirá todo lo que desee hacer su propietario, excepto que haya una limitación. La regla general es la libertad. Si no está prohibido algo, debe entenderse que está permitido. Esta limitación puede provenir de una ley o de una aceptación del propietario. La ley puede ser cualquiera que imponga limitaciones sobre el derecho de propiedad. Hay muchos ejemplos, y pode...