En condominio hay que aprender para defender sus derechos

Más allá de lo visible, estadísticas de la proporción de metros cuadrados en permisos de construcción, dedicadas a la vivienda en condominio, indican un creciente y sostenido aumento en la preferencia por este tipo de propiedad.


Para las ferias de vivienda, hay material sobre consejos antes de comprar casa, y de nuestra parte hemos advertido algunos elementos esenciales a tener presentes antes de comprar en condominio y qué debe de conocer del Reglamento.


La insistencia para que las personas compradoras en condominio se informen surge de la realidad de que en condominio cada quien es el principal responsable de la vigilancia y defensa de sus derechos.


Cuatro casos recientes son un buen ejemplo de esto:


  1. Acceso a la información: Una persona plantea un recurso de amparo contra una administración por “cobro inadecuado de cuota condominal, acuerdos e información errónea brindada” y se le indica que “la parte recurrida no es entidad pública, por lo que es inadmisible el amparo” (aquí).


  1. Falta de infraestructura de Internet: Otra persona acude al amparo ya que el ICE no le instala servicios de Internet porque el condominio “no cuenta con red secundaria desplegada a lo interno”. La respuesta fue igualmente sin lugar ya que la construcción “es obligación exclusiva de cada desarrollador, al cual puede acudir la recurrente.” (aquí)


  1. Imposibilidad de independizar servicios de agua: El amparo planteado porque el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados se niega a instalarle una paja independiente de agua a una persona que habita en condominio vertical, es rechazado y a al vez se le dirige a “plantear su inconformidad o reclamo ante la misma autoridad recurrida, o ante la vía administrativa o jurisdiccional competente, vías en las cuales podrá, en forma amplia, discutir el fondo del asunto” (aquí)


  1. Dudas y consultas no son evacuables por la autoridad: A raíz de una serie de “aspectos que considera fuera de la Ley“, se plantea un amparo que es rechazado porque “legalmente a esta jurisdicción, no se encuentra (habilitada para) asesorar, desde el punto de vista jurídico, a los particulares sobre las distintas dudas, interrogantes o consultas que ellos puedan tener sobre la legalidad de sus propias actuaciones.“ (aquí)


No se trata de una crítica a la Sala Constitucional, ya que no son de su competencia las situaciones que se le presentaron. Personalmente discrepo de la negativa a proteger su derecho de acceso a la información, pero el centro de la reflexión es otra:  En condominio hay que educarse, hay que aprender. Una persona propietaria o residente en condominio no va a contar con una autoridad pública que salga en defensa de sus derechos si no ha hecho esta persona previamente la tarea de aprender, informarse y contar con ayuda profesional competente.

Un condominio es la primera ciudadanía que tenemos a la mano. Si somos propietarios o residentes negligentes e ignorantes, sufriremos las consecuencias en nuestra calidad de vida y nuestro patrimonio.

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