Comunicaciones con los condóminos

La administración del condominio, además de tener la responsabilidad por velar por el correcto mantenimiento de un inmueble y sus servicios comunes, es la persona líder de una comunidad, por lo que la comunicación es un factor crítico, tanto en el bienestar de esta comunidad como para el desarrollo mismo de las labores de la administración.
En principio, la comunicación debería ser frecuente al menos en una vía: de la administración a sus distintas “poblaciones”. Habrá comunicados hacia los condóminos (propietarios), otros a residentes, otros al personal contratados, sea en relación laboral o comercial, o incluso algunos abarcando más de una población.
 
 
Sin embargo, para que realmente haya comunicación debe ser en todas las vías: desde las personas condóminas, residentes, inquilinos, proveedores, personal, etc., hacia la administración y entre estas personas.
Y aquí es donde surge un primer motivo de fricción, cuando los condóminos desean los datos de contacto de otros condóminos.
Es entendible que hay un deseo de construir comunidad y es correcto que puedan comunicarse entre sí las personas, pero hay una limitación legal que hay que tener presente: La administración del condominio no está autorizada a facilitar datos de contacto, teléfonos, correo, etc., de condóminos al ser estos datos personales. Los datos personales NO pueden ser compartidos sin autorización de su titular. 
Nuestra ley 8968 del 07/07/2011, Ley de Protección de la Persona frente al tratamiento de sus datos personales, claramente así lo indica:
ARTÍCULO 14.- Transferencia de datos personales, regla general
Los responsables de las bases de datos, públicas o privadas, solo podrán transferir datos contenidos en ellas cuando el titular del derecho haya autorizado expresa y válidamente tal transferencia y se haga sin vulnerar los principios y derechos reconocidos en esta ley.
El incumplimiento de esta obligación es falta grave según el artículo 30 inciso b, que se sanciona con multa de hasta veinte Salarios Base, aproximadamente unos C. $14.600)
Ahora bien, esto puede evitarse de forma muy sencilla y es obteniendo el consentimiento de los condóminos al momento de recoger sus datos de contacto. Aún si recibió la lista de otra administración anterior, es recomendable hacer procesos de verificación de datos y en ese momento obtener los consentimientos necesarios.
Hay actualmente una práctica común que es hacer chats de WhatsApp de residentes y condóminos que tiene la ventaja de que entre los propietarios sí se pueden comunicar.
Pero este medio de comunicación tiene algunos problemas como que es fácil que audios e imágenes se pierdan y las fechas no son claras en las capturas de pantalla, pues frecuentemente indican “Hoy”. Además, induce una pérdida de privacidad (pues hay que hacer público en el grupo el número aun si uno no lo desea) y desigualdad en comunicaciones (pues es muy frecuente que no haya exactamente las mismas comunicaciones por correo que por WhatsApp).
Hay además otro elemento aún más crítico y es que sin una correcta moderación, se puede convertir en una “asamblea permanente”, con frecuentes faltas de respeto y argumentos poco reposados y fundamentados.

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