El condómino administrador: recomendaciones para el cargo

 

Un condómino puede ser administrador de su condominio.

Nuestra ley no contempla requisitos para la administración del condominio. No hay ni siquiera referencia a una idoneidad mínima de la administración, capacitación, experiencia, nada, ni un requisito de acreditación ante ningún ente.

 Así que no hay impedimento, sin embargo, compartimos algunas recomendaciones:

1.- Los deberes de la administración son los mismos para un administrador propietario o un administrador empresa o profesional independiente.

No crea que por ser un servicio no remunerado o permanente, las responsabilidades serán diferentes. Los deberes de la administración, tanto contemplados en la ley como en el Reglamento del Condominio, se le exigirán y en caso de una ejecución indebida o de un incumplimiento, habrá que enfrentar las posibles consecuencias de esto en sede civil o penal. Conózcalos bien y no se aparte de ellos.

2.- Arme su equipo como lo haría en cualquier proyecto profesional.

Aunque sea de poca complejidad en un caso determinado de administración, implica labores que tienen consecuencias sino son ejecutadas por profesionales como lo puede ser la elaboración de estados financieros, consultas legales, dirección de obras de mantenimiento o construcción, etc. Arme su equipo como lo haría cualquier empresa.

3.- Los intereses del propietario y del administrador son diferentes.

Un error muy común es que a un propietario le cueste diferenciar sus intereses como propietario de los que tiene como administrador. El propietario ve el largo plazo, el administrador ve el procedimiento y el cumplimiento. Tener presente si el interés que está defendiendo es uno u otro es importante para poder evitar un error por involucramiento personal.

4.- Si recibe dinero, directa o indirectamente, podría ser un ingreso gravado o podría haber una relación laboral.

Es común que a los propietarios administradores se les reconozca algún monto, a veces en dinero o a veces en la exoneración de la obligación de la cuota de gastos comunes. Consulte con una persona profesional en la rama contable y tributaria que le confirme si hay o no un ingreso gravable. De igual forma, es conveniente clarificar si hay o no una relación laboral, pues esa incertidumbre suele resolverse hacia el lado laboral y podría ser que eso no sea lo que acordaron o esperaron los condóminos al nombrar al propietario administrador. Clarifique la relación y haga un contrato.

5.- Sus vecinos podrán rechazar su autoridad. Practique virtudes como la paciencia y el perdón.

Las cordiales relaciones entre copropietarios podrían acabarse en el momento en que deba poner en orden a un condómino. Es posible que los otros condóminos rechacen su autoridad al momento que la ejerza, porque quizás mágicamente deseaban que se ejerciera autoridad y orden solo sobre “los demás”. Esto puede reducirse con una clara comunicación y sobre todo con una muy buena fundamentación y sustento de las decisiones, sin embargo, siempre habrá roces y finalmente no quedará más que practicar la paciencia y el perdón, porque al final del día la única persona responsable de su salud física y mental es usted mismo. 

Entradas populares de este blog

Ingreso de fuerza de Policía a condominios por fiestas o eventos sociales

Impugnación de Asambleas de condominio

Los derechos de los niños en los condominios