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Mostrando entradas de julio, 2024

Representación de menores de edad

Toda administración conoce que cuando la persona propietaria registral no es la que asiste a una asamblea, requiere de una representación. Igual si se trata de copropietarios (ver aquí ). Esto puede ser hecho mediante un poder especial (ver aquí ) o, como algunos reglamentos indican, una carta poder (sobre la carta poder ver aquí ). ¿Qué sucede en caso de que el propietario sea una persona menor de edad? Nuestro Código de Familia indica que: Artículo 140.- Compete a los padres regir a los hijos, protegerlos, administrar sus bienes y representarlos legalmente. En caso de que exista entre ellos opuesto interés, los hijos serán representados por un curador especial. La administración solo abarca eso, administración, no puede disponer de la propiedad: Artículo 147.- La patria potestad no da derecho a enajenar ni a gravar los bienes del hijo, salvo en caso de necesidad o de provecho evidente para el menor. Para ello será necesaria autorización judicial si se tratare de inmuebles o de mueble

Encuestas de satisfacción

Las administraciones de condominios tienen la difícil tarea de administrar la propiedad común, sin embargo, dado que es usual que las personas tengamos distintos criterios sobre cómo deberían hacerse las cosas, su imagen se verá siempre en riesgo de ser mal evaluada por quienes no están de acuerdo o harían las cosas de otra manera. A esto hay que sumarle que la obligación de velar por el cumplimiento del Reglamento de Condominio y Administración fácilmente generará resentimientos. Y una tercera área, de la que hemos ya hablado ( aquí ) es la dificultad de establecer en muchas actividades criterios de medición para evaluar objetivamente la gestión. Todo esto genera comentarios de desaprobación que es difícil saber si son justos o no. Claro que podría suceder que haya comentarios de aprobación inmerecidos, pero quizás no es tan frecuente. Para reducir esta subjetividad es que existen las encuestas de satisfacción. Es recomendable que periódicamente se hagan, ojalá de forma trimestral o s