Inscripción de Asambleas de Condóminos
Para poder inscribir en el Registro Público un nombramiento de administrador de un Condominio, el Acta de Asamblea de Condóminos debe reunirse estos requisitos mínimos:
1.- En el encabezado debe señalarse el nombre completo y registral del Condominio, el número de folio real de la finca matriz y el número de cédula jurídica que se le ha asignado.
2.- Debe indicar, si el Reglamento hace diferenciación únicamente, si la Asamblea es ordinaria o extraordinaria.
3.- Debe constar si se reúne en primera o segunda convocatoria, referencia breve al lugar y el dato de la fecha y hora.
4.- Debe indicarse los presentes y el porcentaje de valor que se encuentra debidamente representado.
5.- Debe indicarse ordenadamente los diversos acuerdos que se tomen, separando claramente la discusión de la votación y aprobación (o rechazo) de las mociones propuestas.
6.- Si el acuerdo es de nombramiento de administración, debe constar el nombre completo de quien es nombrado, con su cédula, y la indicación de que acepta el cargo. Si es una persona física debe constar, además de su denominación social y número de cédula jurídica, quién, en su representación, acepta el cargo. La persona jurídica nombrada debe tener plazo social vigente.
7.- Debe constar claramente el plazo por el que se nombra, con indicación expresa del momento en el que inicia funciones (asume el cargo). Este plazo debe ser posible y acorde al Reglamento.
8.- Debe indicarse la mayoría con la que se aprueba el acuerdo tomado, indicando preferiblemente la cantidad de votos a favor, en contra y abstenciones, aunque con mención de la mayoría con la que se aprueba es suficiente, y debe indicarse que dicha mayoría es la que requiere el Reglamento.
9.- Debe indicarse que los acuerdos se declaran firmes.
10.- Debe comisionarse para su protocolización a una persona determinada o a la administración nombrada (o su representante).
11.- Debe constar la fecha y hora de inicio y de finalización de la Asamblea.
Un acta sin errores, no solamente facilita la inscripción, sino que permite no tener que recoger firmas de notas a los Condóminos. En http://drcondominio.blogspot.com/ podemos apoyar a Administraciones, Juntas o condóminos que deban confeccionar actas de Asambleas para que sean perfectas. Una consulta a tiempo, de unos minutos, ahorra muchas semanas de atrasos después.