Los condóminos y la transición a una nueva administración

En el proceso de cambio de una administración no podemos dejar de lado a los condóminos. Deseamos compartir algunas recomendaciones que deberían tomar en cuenta los propietarios para ayudar al proceso de transición. Recordemos que, aunque es de beneficio común que sea una buena transición, a veces algunos propietarios van en contra de ese beneficio del que son parte y toman acciones que más bien causan perjuicio.

(a) Dejar de pagar los gastos comunes: el deber de pagar los gastos comunes nace de una norma legal, que es el artículo 13 de la ley 7933 del 28/10/1999, Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio: “ARTÍCULO 13.- Los propietarios estarán obligados a sufragar los gastos de administración, conservación y operación de los servicios y bienes comunes.” El acreedor de esa obligación es el condominio y debe tener una cuenta bancaria a su nombre. No es recomendable, como regla general, pagar directamente a la administración en sus cuentas. Por ello, no se justifica, ante el cambio de administración, dejar de pagar esas cuotas.

(b) No cooperar con la transición: Es claro que es deber de la administración llevar cuentas claras y tener certeza sobre los saldos de cada propietario, sin embargo, por muchas razones eso no es así y en ocasiones hay dudas sobre los saldos y la administración entrante solicita información y documentos para clarificarlos. No conviene a nadie, ni aún al propietario renuente, demorar la entrega de esa información y datos. Poder tener saldos certeros es lo que construya la seguridad jurídica y financiera de un condominio.

(c) Pospoper mejoras: Otra conducta perjudicial es posponer mejoras solo porque hubo un cambio de administración.  Si un proyecto o mejora está presentado de forma correcta con un alcance definido, un cronograma y un presupuesto, no hay que caer en la tentación de esperar a que “se aclararen los nublados del día”: el condominio sigue, esté quien esté en el mando. Quizás muchos de nuestros problemas políticos se deben a esa tendencia a personalizar tanto el poder en las personas que cambian, olvidando la institucionalidad que permanece.

(d) No asistir a las asambleas: este es un problema siempre, claro, pero cuando hay transiciones se hace mayor ya que es muy probable que la administración, a los pocos meses de asumir, desee hacer una asamblea para exponer qué ha encontrado y qué requiere. De hecho, muchos reglamentos obligan a que la administración que asuma debe poner en conocimiento de la asamblea alguna irregularidad que encuentre, bajo pena de ser solidariamente responsable. Pero estas asambleas solo serán efectivas si se cuenta con la asistencia de los condóminos.

(e) Desafiar el orden alcanzado: en ocasiones se genera la idea de que el orden anterior queda “en suspenso” y que hay que ver qué hará la nueva administración, por lo que se retoman conductas erradicadas de mal estacionamiento, negligencia con mascotas o ruidos molestos. El orden nace del Reglamento y acuerdos de asambleas de condóminos, y éstos no cambian con la administración. Más bien ésta deberá aplicarlos.


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