Bloqueo de celulares cerca de centros penintenciarios

Existen algunos condominios vecinos a centros penitenciarios que han sufrido por el bloqueo de la señal de telefonía celular. En esta nota (un poco más larga de lo usual) hay información para las administraciones ante reclamos de los condóminos, para poder explicarles lo que sucede y guiarlos en defensa de sus derechos.


1.- La situación se origina en una reforma que se le hizo en 2018 a la Ley General de Telecomunicaciones, ley Nº 8642, para que en su artículo 49 contemplara la posibilidad de “...impedir la prestación de los servicios inalámbricos de telecomunicaciones disponibles al público al interior de los centros penitenciarios, incluyendo las unidades de atención integral, los centros penales juveniles y cualquier otro centro de atención institucional del Sistema Penitenciario Nacional, de acuerdo con lo que se establezca en el reglamento, garantizando que no haya afectación al servicio de la población residente y personas usuarias de las zonas aledañas a dichos centros.” (Destacado añadido).


2.- Las afirmaciones de que no habría afectación fueron públiocas durante el curso del proyecto, por ejemplo en declaraciones del diputado Villalta para Diario Extra, y declaraciones oficiales del Ministerio de Justicia y Paz al aprobarse la ley, aunque en el acto de firma en 2018, constan declaraciones de la Cámara de Infocomunicación y Tecnología (Infocom) “considera muy difícil bloquear la señal sin afectar a las comunidades cercanas a las prisiones”. Esto lo reiteró en 2021, indicando que lo advirtió desde la tramitación del proyecto, aunque lo relativizó indicando que era casos muy puntuales y no algo masivo. Incluso durante la consulta pública del Reglamento a ese artículo en 2019, el Gobierno seguía afirmando que no habría afectación.


3.- Pronto empezaron los problemas: Sutel recibió 22 denuncias de usuarios afectados por bloqueo de señal cerca de cárceles y vecinos sufren por bloqueos (noticia de 2021). Ya en 2023, el Ministro de Justicia admitió quesu prioridad es mantener el bloqueo de la señal… a pesar (de) que esto afecte a las personas que viven cerca…”.


4.- En agosto de 2022, los operadores lanzaron una aplicación para celular llamada INTACTO que indican reduce la afectación pues proporciona una ubicación precisa (y evita así el bloqueo) y aunque reconocen que no es total garantía de no afectación, lo reduce e invitan a descargarla. En las condiciones de uso Infocom, Costa Rica no asume ninguna responsabilidad. Los operadores como Kölbi han hecho manuales de uso. Hay alegatos de que la aplicación provoca “...enormes consumos de datos móviles“.


5.- A pesar de esto, desde 2021 la Sala Constitucional viene rechazando que haya afectación a los derechos de las personas que no son privadas de libertad, rechazando recursos de funcionarios, así como de vecinos que reclaman sufrir las afectaciones. En 2023 indicó reiterando que “...esta Sala sí ha conocido recursos de amparo en los que se alegan retrasos en la resolución de solicitudes para la prestación de telefonía que se cataloga como fija, considerando este como un servicio esencial. Sin embargo, al ser el reclamo de la tutelada referente al servicio de su telefonía móvil, no le corresponde a este Tribunal referirse al efecto” y lo envía a la sede ordinaria (juzgado). Además sigue considerando que son “...inconformidades del amparado con su actual operador de telefonía móvil (y que eso es) es un asunto contractual”. Estos criterios son mantenidos en 2024, ante un reclamo de “propietarios, residentes, inquilinos o visitantes del complejo habitacional denominado CAMPO REAL, dentro del cual se ubican al menos 11 sub condominios (Vista Real, Paso Real, Valle Escondido, Campo Alto, Bosque Real, Villas del Campo, Condominio 9-10, Condominio 6-26, Caminos del Bosque, Vistas del Lago, KUK  (hecho no controvertido y hojas de firmas que se adjunta)


6.- Siendo así esta situación, la recomendación es acudir a SUTEL siguiendo su proceso de reclamaciones, citando el texto del artículo 49 antes dicho que indica “garantizando que no haya afectación al servicio de la población residente y personas usuarias de las zonas aledañas a dichos centros”“. Lo que no se denuncia, no se visibiliza. 



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