¿Es momento de demandar?

¿Es momento de demandar?

Esta es una pregunta que muy frecuentemente nuestros clientes se hacen y que debemos responder con mucha sinceridad y estrategia.

Sinceridad porque hay casos con una base débil, inexistente del todo no es un punto reclamable, o que tal vez sí tiene base fuerte pero la relación costo-beneficio del esfuerzo para obtener el resultado, no es favorable al resultado.

Y estrategia porque hay condiciones procesales como plazos de caducidad (como el de tres meses luego de tomado un acuerdo en firme) o de prescripción (10 años en la mayoría de los casos) o bien, por las dinámicas en juego, es mejor esperar un poco a construir el caso.

Vamos a referirnos ahora a cómo construir el caso.

1.- Encontrar un punto fuerte legalmente. Normalmente en la vida las situaciones vienen mezcladas, con puntos fuertes, débiles e inexistentes o irrelevantes para el derecho. Uno debe identificar cuál es el punto fuerte y dirigir sus acciones sobre este punto. De paso, debe alejarse de puntos discutibles o con mucha subjetividad. Por ejemplo: si tengo un problema de ruido, puede ser difícil determinar el concepto de “molesto”, pero quizás el ruido proviene de una actividad contraria al destino de la filial. Sin duda es más sencillo atacar sobre este último punto y utilizar las molestias como consecuencias adicionales que sustentan el punto, pero no son la base.

2.- Encontrar las pruebas. Un punto jurídico normalmente se da en un contexto real. Ese contexto son hechos y los hechos hay que probarlos. Hay múltiples posibilidades, como documentos, (comunicaciones, audios, etc.), declaraciones de parte, testimonios, pericias, pruebas científicas, etc. Un problema usual es que las pruebas son débiles, desordenadas o pobremente ligadas a lo que quiero probar. Por ejemplo, un audio suelto es una prueba complicada ya que no hay contexto para situarlo y hay razonables dudas sobre el emisor en la mayoría de los casos. Debe complementarse con el contexto de la plataforma, testimonios o reconocimientos por parte de la persona grabada. También hay consideraciones legales, como en el caso del audio: no puedo grabar ocultamente a una persona, sino que debe ser una grabación de un evento público (como una asamblea) o bien una conversación dirigida a mí. La mejor recomendación es siempre buscar usar comunicaciones formales. Si el punto es tan importante para la persona propietaria, debe entender que hay que estar en disposición de abandonar la inmediatez y facilidad del audio de mensajería instantánea y redactar un requerimiento de información o documentos, o un reclamo, bien hechos, serios, claros y a los que le de seguimiento y correcto archivo.

3.- Encontrar un camino. Con estos dos elementos se va construyendo un camino que demuestre una reiteración, una conducta sostenida que permita darle seriedad al reclamo. Esto se logra buscando objetivos claros y persistiendo en ellos.

Como corolario, muchas veces más que “encontrar” como lo indicamos, el término es “construir”. No es mentir, no es “fabricar”: es ordenar las piezas del edificio jurídico y de hechos que construiremos.

 


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