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Gobierno y Administración II: Ejecución de decisiones

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En la primera parte vimos la creación de normas. Ahora veremos su puesta en vigor y las razones por las que ambas deben de ser funciones totalmente diferenciadas. Una administración debe recordar siempre que es un EJECUTOR DE DECISIONES. Las decisiones pueden provenir del Reglamento del Condominio, o pueden ser más recientes y provenir de una Asamblea. Esta función es la que resume las labores que indica el artículo 30 de la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio. Para ejecutar esta labor hay que tener conocimientos de administración, conocer el reglamento y acuerdos de Asamblea y, en general, tener sentido común y capacidad de relacionarse con las personas. La Administración de condominios implica administrar un patrimonio (inmobiliario, mobiliario y financiero), pero además implica administrar un régimen de derechos y a los sujetos que los ejercen. Esto a la larga es administrar relaciones interpersonales. En su ejecución de decisiones debe ser objetiva y sobre todo, debe t...

Gobierno y Administración I: Creación de normas

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Determinar y crear las normas de una comunidad o grupo humano es una tarea muy difícil. Tanto como lo es ponerlas en vigor. Y sin embargo son dos funciones completamente distintas. Veremos primero la creación de normas, luego su puesta en vigor y las razones por las que ambas deben de ser funciones totalmente diferenciadas. La creación de normas es la creación de las reglas que debe seguir una comunidad. Esta función es típica (y ojalá exclusiva, aunque el Reglamento podría disponer otra cosa) de la Asamblea de Condóminos. Es en este seno en donde puede y debe discutirse si una conducta es rechazada o aceptada totalmente, o si se acepta sujeta a ciertas condiciones. Esto fijará el rumbo por el que deberá discurrir el condominio en el futuro y debe ser el fruto de una sana discusión política, jamás puede ni debe ser el fruto de una decisión administrativa. En principio las reglas generales de un Condominio están dadas por el Reglamento inicial fijado en la Constitución del Condominio,...

Los derechos se transmiten pero no se multiplican

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El derecho de propiedad no se pierde por dar en arrendamiento la propiedad, pero tampoco se duplica. La propiedad en condominio es un derecho que tiene dos dimensiones: una privada y una común. Cada propietario es dueño exclusivo de su filial, y a la vez es dueño en común de las áreas y bienes comunes, porcentualmente según el área que su filial represente dentro del condominio. Como copropietario de las cosas comunes, no puede ser limitado o restringido porque su porcentaje sea menor que el de otros, ya que como es natural habrá algunos propietarios con un derecho porcentual mayor que el de otros, pero todos por igual tienen derecho al uso y goce racional de las cosas comunes. Como dueño exclusivo de su filial, puede usarla de acuerdo con el destino que tenga prefijado (sea residencial, comercial, etc.), y estará limitado por el Reglamento de condominio y administración. La ley indica además que un propietario no puede disponer de su derecho en las cosas comunes de forma separada ...

Formulario D151 en Condominios

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( ACTUALIZACIÓN PARA PERÍODO 2015:  Ahora sí es obligatorio. Ver este enlace ) Los condominios no están en la obligación de presentar el formulario D151 ya que siempre fueron excluidos de los formularios al NO ser contribuyentes del Impuesto sobre la Renta. Se estableció por un breve período por primera vez y para el período 2012 la obligatoriedad de presentarla, pero esta norma fue derogada menos de un mes luego de emitida, por lo que sigue el mismo régimen de siempre: Sólo los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta son los obligados a presentar la declaración D151. De seguido la razón: A) DGT 08-97: Origen del formulario D151 Artículo 4º Obligado a presentar el modelo D.151. Todas las entidades públicas y los obligados a declarar por el impuesto sobre la renta, cuando durante el período fiscal a que se refiere el artículo 6 de esta resolución, hayan realizado a nivel nacional compras o ventas de bienes o servicios a una misma persona por un importe acumulado superior ...

¿Cuál es la disponibilidad de la administración?

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La disponibilidad y el uso del recurso administrativo deben estar totalmente claros en el contrato de servicios. Cuando compramos un kilo de arroz o de frijoles, nadie esperaría que obtenga por un kilo, digamos mil doscientos cincuenta gramos. Más bien sería sorprendente. Esto sucede porque la contratación es clara en cuanto a cantidad y costo. En los servicios de administración es usual que se señale un horario de atención a los condóminos, pero fuera de eso, se listan las distintas labores y un precio global mensual. Dentro de ese precio se incluyen tiempos indeterminados de atención de consultas y sugerencias de los condóminos, de vigilancia del funcionamiento de los servicios y de seguimiento de asuntos en curso. Sin embargo, en criterio del suscrito, no le ha hecho bien a la industria esta forma de contratación tan amplia pues conozco casos en los que el tiempo de los condóminos (o de uno o dos en particular) absorbe una cantidad importante del recurso “administración”, lo cual ...

Un buen gobierno

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Como cualquier inversión y emprendimiento humano, un Condominio ocupa un buen gobierno. Un buen gobierno implica que todas las necesidades del Condominio son atendidas de forma eficiente y que se dispone de las vías necesarias para dar solución a nuevas necesidades que no han sido contempladas, es decir hay una forma de innovar constante. Un Condominio que carece de rendición adecuada de cuentas, sea porque se llevan las cuentas de forma incorrecta, o porque la administración oculta esa información, no tiene un buen gobierno. Tampoco si presenta deficiencias presupuestarias, sea porque el presupuesto fue poco realista en su formulación, en su ejecución o bien porque ha habido deficiencias en el cobro o excesos en el gasto. Mucho menos si su infraestructura se encuentra en deterioro, y presenta fallos constantes en su funcionamiento o de los servicios subcontratados. Si un Condominio padece de estos o similares problemas, esperar a que llegue alguna solución de algún lado sólo contri...

Enfrentar problemas es una labor de equipo

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En nuestra actual sociedad de la información, con interacciones sociales omnipresentes, tratar de llevar el papel del hombre completo del renacimiento que todo lo resolvía y sabía es un grave error. Hace algún tiempo logré comprender el futbol americano y desde entonces me ha gustado mucho. Es un deporte complejo que requiere de habilidades muy distintas sólo posibles en equipo. La resistencia, tamaño (y peso) que tienen los bloqueadores es lo contrario de lo que ocupan los laterales o recibidores, que deben ser capaces de correr a velocidades impresionantes. El mariscal de campo por su parte debe reunir un poco todas las facultades, pero su papel es la capacidad de dirigir al equipo en esas hermosas jugadas y estrategias que en la pizarra se veían muy claras pero que en el terreno pueden no ser tan sencillas. Además, a cada momento el escenario puede cambiar, pues un marcador de catorce puntos de diferencia que en otros deportes es casi fulminante, puede ser volcado rápidamente a f...