¿Cómo manejar la existencia de un caso confirmado de Coronavirus en condominio?

Hace unos días publicamos algunas recomendaciones sobre el manejo de visitas y cómo debía proceder la administración si había un caso confirmado en condominio (aquí). Sin embargo, dado que las circunstancias y hasta los lineamientos a los condominios han cambiado, es necesario actualizar esa publicación con más detalles.

¿Cómo manejar la existencia de un caso confirmado de Coronavirus en condominio?

Fotos hermandad libres de regalías | PxfuelAunque la preocupación principal de las administraciones es la existencia de un caso confirmado oficialmente como positivo con Coronavirus, la falta de confirmación debe tratarse con la misma seriedad. El hecho de que no se haya confirmado aún un caso en un condominio no les asegura nada, pues podría haber personas que inclusive sin saberlo ni manifestarlo, tengan el virus pero aún no se les haya confirmado oficialmente. Por eso es que siempre, con casos confirmados o sin ellos, deben proceder de igual forma.

1.- Mantener privacidad. Recuerden que la salud de una persona es un dato sensible de conformidad con ley 8968 del 07/07/2011, Protección de la Persona frente al tratamiento de sus datos personales. No tienen permitido revelar quién es el condómino ni ningún detalle que permita su identificación.

2.- Abrir una vía de comunicación privada. Desde ya deben comunicar a todos los residentes, proveedores, usuarios y visitantes que en caso de alguien que presente síntomas asociados a enfermedad respiratoria debe seguir los lineamientos sanitarios generales e individuales, y debe comunicarse con la administración para que ésta coordine con las instancias de salud correspondientes, y comunicarse con la línea 1322 para recibir más instrucciones concretas.

3.- Recordar lineamientos generales. Recordar a todas las personas el necesario cumplimiento de las recomendaciones generales (Lineamientos generales para el aislamiento domiciliar a costarricenses, residentes y diplomáticos que ingresen al país debido a la alerta sanitaria por Coronavirus (COVID-19), versión 2, 20 de marzo 2020):
  • Evitar el contacto cercano con personas que están enfermas.
  • Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca.
  • Quédese en casa cuando presente síntomas (fiebre, tos, congestión nasal, dolor de garganta) relacionados con esta enfermedad.
  • Cúbrase cuando tose o estornude con un pañuelo desechable, luego tírelo a la basura o utilice el protocolo de estornudo y tos en caso de que no cuente con pañuelos desechables.
  • Limpie y desinfecte los objetos y las superficies que se tocan con frecuencia con un desinfectante, con alcohol o paño de limpieza doméstico.
  • Lávese las manos a menudo con agua y jabón durante al menos 20 segundos, especialmente después de ir al baño; antes de comer; y después de sonarse la nariz, toser o estornudar.
  • Si no hay agua y jabón disponibles, use un desinfectante para manos a base de alcohol de un grado de al menos 70º.

4.- Tomar una decisión sobre áreas comunes, reuniones y visitas. De momento (Lineamientos generales para Condominios Comerciales, condominios con espacios comerciales y residenciales, Condominios Residenciales debido a la alerta sanitaria por Coronavirus (COVID-19), versión 3- 27 de Marzo 2020), queda a criterio de la administración o junta decidir regular el uso de las áreas y bienes comunes, así como las reuniones, debiendo siempre asegurarse de que se cumplirá “...la norma del 50% de la capacidad y las personas deberán estar al 1.8 metro de distancia.” Si la administración considerara que es mejor el cierre total de las áreas recreativas así como la cancelación de todas esas actividades  debe sustentarlo en el artículo 31 de la Ley 7933 del 28/10/1999, Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio: “Las medidas y disposiciones tomadas por la administración dentro de sus facultades serán obligatorias para todos los propietarios, a menos que la Asamblea las modifique o revoque.
Es importante anotar que esta responsabilidad que se le ha puesto a las administraciones ha sido cuestionada por la Asociación Costarricense de Administraciones de Condominios (aquí).

5.- Promover una adecuada conducta en general en el condominio. Además de las anteriores recomendaciones, deben informar a los residentes de otras recomendaciones como:
  • Mantener los protocolos de lavado de manos, estornudo y tos, no tocarse la cara como medida de prevención y contención.
  • Se recomiendan las medidas de distanciamiento social promovidas por el Ministerio de Salud, como permanecer dentro de sus hogares y evitar el contacto físico.
  • Se recomienda, acatar las disposiciones de la administración, sobre el uso de áreas comunes y eventos sociales, de acuerdo con la disposición de Junta Directiva.
  • Mantenerse informado sobre la situación nacional por medio de las fuentes oficiales

6.- Comunicar lineamientos específicos como los que aplican a quienes hayan estado fuera del país. Recordarles además en específico que si alguien ha estado fuera del país, tiene lineamientos específicos que debe cumplir como que deberá, entre otros, “... como medida de prevención y contención de COVID-19 permanecer en aislamiento preventivo obligatorio por 14 días a partir de su llegada al país, ese mismo será instruido por orden sanitaria, que será entregada por los oficiales de migración que fueron legitimados como autoridad sanitaria.” (Lineamientos generales para el aislamiento domiciliar a costarricenses, residentes y diplomáticos que ingresen al país debido a la alerta sanitaria por Coronavirus (COVID-19), versión 2, 20 de marzo 2020). La administración no puede velar por ese cumplimiento, sino solamente recordar ese deber a los residentes.

7.- Mantener la información constante. Hay deberes constantes de información a los condóminos como (Lineamientos generales para Condominios Comerciales, condominios con espacios comerciales y residenciales, Condominios Residenciales debido a la alerta sanitaria por Coronavirus (COVID-19), versión 3- 27 de Marzo 2020):
  • Informar por los diferentes medios de comunicación con los que se cuente (grupos de WhatsApp, boletines, pizarras informativas, etc.) las directrices y comunicados emitidas por el Ministerio de Salud.
  • Comunicar los servicios que se continuarán brindando por parte del personal operativo y de mantenimiento del condominio, es importante que estas personas que seguirán realizando sus labores normales apliquen los protocolos de distanciamiento social.
  • La administración deberá en la medida de lo posible atender a los proveedores, inquilinos y clientes por teléfono, correo electrónico y por video llamada. Sin embargo, no se debe restringir la entrada de los colaboradores (personal de mantenimiento, empleadas domésticas, tutores educativos) qué los condóminos requieran para atender las labores cotidianas del sitio. Así como quienes suministran alimentos, medicamentos u otros requerimientos de uso cotidiano.
  • Se deben de intensificar las medidas de limpieza e higiene, principalmente en aquellas superficies que se tocan con frecuencia como: manijas, muebles de recepción, botoneras de ascensor, pomos de puertas.
  • Garantizar que el personal administrativo, de mantenimiento y de seguridad cuente con insumos de protección como: agua y jabón, mascarilla, guantes, alcohol en gel, desinfectante, toallas desechables, etc.
  • Colocar en espacios visibles los protocolos de estornudo y tos, lavado de manos, otras formas de saludar, no tocarse la cara y poblaciones en riesgo.
  • Garantizar el acceso a papel higiénico, jabón antibacterial, toallas desechables para secado de manos y alcohol en gel en los servicios sanitarios de uso público y que estén debidamente desinfectados.

8.- A la administración: Mantenerse informada, serena y con protección de su salud, física, mental y emocional. Este es un momento muy difícil para muchas administraciones y como líder de una comunidad debe cuidar su propia salud, física y mental. Para las administraciones tenemos dos mensajes en video, uno de nuestra parte y otro de parte de la Hermandad Latinoamericana de la Propiedad Horizontal.

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