Nuevos lineamientos para condominios: uso de áreas comunes, visitas y asambleas
El Ministerio de Salud ha emitido la versión 3 de los lineamientos para condominios (aquí) hay cambios importantes:
1.- Uso de áreas comunes
Antes se indicó:
“En el caso del área residencial y el uso de las amenidades en General (Casa Club, Azoteas, Piscina, jacuzzi, gimnasios, Canchas Multiusos, Rancho BBQ, Salas de Cine, Sala de Masaje, Sala de Eventos, etc.) quedan suspendidas del uso regular hasta nuevo aviso a partir del día 17 de marzo del 2020.”
Ahora se indica:
“En el caso del área residencial y el uso de las amenidades en General (Casa Club, Azoteas, Piscina, jacuzzi, gimnasios, Canchas Multiusos, Rancho BBQ, Salas de Cine, Sala de Masaje, Sala de Eventos, etc.) quedan reguladas por la Junta Directiva de acuerdo con los Lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud.”
Es decir, ya no hay una orden de cierre.
Se confirma con este cambio en las recomendaciones a la Junta Directiva (entendamos Junta Administradora o administración)
Antes se indicaba:
“Vigilar el cumplimiento de no hacer uso de las áreas comunes como los son (casa club, azoteas, piscina, jacuzzi, gimnasios, canchas multiusos, rancho bbq, salas de cine, sala de masaje, sala de eventos, etc.)”
Ahora se indica:
“Se recomienda que el uso de las áreas comunes, como los son casa club, azoteas, piscina, jacuzzi, gimnasios, canchas multiusos, rancho BBQ, salas de cine, sala de masaje, sala de eventos, etc., se realice bajo los criterios establecidos para el distanciamiento social y recomendaciones en anexos.”
2.- Reuniones de Juntas y Comités:
Antes se indicaba:
“Cancelar hasta nuevo aviso las reuniones regulares, reuniones de Junta Directiva y Asambleas en los casos que aplique.”
Ahora se indica:
“Tratar que las reuniones regulares, reuniones de Junta Directiva y Asambleas en los casos que aplique se realicen en forma virtual, en su defecto deberán aplicarse la norma del 50% de la capacidad y las personas deberán estar al 1.8 metro de distancia.”
Es decir, pueden realizarse esas reuniones con baja capacidad y distanciamiento social.
3.- Visitas y proveedores:
Se destaca que estos nuevos lineamientos indican: “no se debe restringir la entrada de los colaboradores (personal de mantenimiento, empleadas domésticas, tutores educativos) que los condóminos requieran para atender las labores cotidianas del sitio. Así como quienes suministran alimentos, medicamentos u otros requerimientos de uso cotidiano.”
Además, se han eliminado estas dos recomendaciones:
“Restringir en la medida de sus controles el número de personas a la hora de utilizar el ascensor, (esto según el tamaño del ascensor y considerando una distancia de 1.8 metros entre las personas).
Restringir las visitas de terceros para encuentros sociales al condominio o residencial, como medida de prevención y contingencia.”
4.- Sobre Airbnb (y posiblemente otras modalidades de hospedaje no tradicional).
Se añade la recomendación: “Para aquellos que tienen la modalidad de negocio AirBnB se le recomienda evitar en la medida de lo posible el alquiler por la alerta sanitaria sobre el COVID-19.”