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Los asuntos varios en la agenda

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La Asamblea de Propietarios es el órgano máximo de un Condominio al que le corresponde tomar todas las decisiones de interés común que no sean comprendidas dentro de las facultades del administrador. Puede revocar una decisión del administrador, pero no debe interferir o invadir su ámbito de funciones. La ley permite que sea el Reglamento de Condominio el que defina la frecuencia con que se reúna esta Asamblea (mínimo una vez al año), la forma de convocarla , quién presidirá las reuniones y la forma de designar a esta persona. No le autoriza a variar el quórum de inicio, ni los  porcentajes de votación mínimos de los acuerdos , que están definidos por ley . La convocatoria es el proceso de avisar o notificar a cada propietario de los temas que se votarán. La agenda es la lista de temas que se verá en dicha Asamblea. Este aviso y conocer la lista de temas es esencial porque lo acordado obliga a todos los propietarios (aún los ausentes). Evidentemente, un propietario que no haya sido