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Mostrando entradas de septiembre, 2023

Datos personales en condominio: una oportunidad para la administración

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En un condominio se realiza continuamente una actividad llamada tratamiento de datos personales. Es muy posible que no siempre los propietarios o la administración sean conscientes de que se está realizando esta actividad, pero sí deben saber que por ley se imponen obligaciones respecto de esta actividad a las administraciones. Estas obligaciones no tienen por qué ser un riesgo solamente, sino que pueden ser una oportunidad para mejorar el servicio y conseguir otros objetivos de crecimiento para las administraciones. Este fue el tema que nos correspondió desarrollar en el II Congreso de Propiedad Horizontal que se realizó en la Ciudad de Panamá, el 29 y 30 de setiembre de 2023. El tema de datos personales ya lo hemos tratado con anterioridad ( aquí ), pero en esta ocasión le dimos un enfoque diferente. Si bien es cierto en Panamá, Colombia y otros países la legislación le impone obligaciones directas a la administración, en Costa Rica esto no es así. La LEY DE PROTECCIÓN DE LA PE

Perros de soporte emocional en condominio

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Un fenómeno que frecuentemente ocasiona roces en la convivencia en condominio es la tenencia de mascotas. Hay Reglamentos de Condominio y Administración que prohíben su tenencia y esto ocasiona argumentos de violación de derechos humanos, en específico del derecho a tener una mascota. En primer lugar, es importante aclarar que, en Costa Rica, nuestra Sala Constitucional no ha declarado la tenencia de mascotas un derecho humano. Es claro que es un derecho de orden legal civil (que es renunciable cuando se acepta esa limitación de no tenencia de mascotas en condominio), pero no un derecho humano irrenunciable. Es decir, de momento es válida la restricción de los reglamentos en cuanto a prohibir la tenencia de mascotas. Usualmente la Sala Constitucional rechaza conocer recursos de amparo por esta causa, en condominio, indicando que no es admisible el recurso porque el sujeto de derecho privado que da la orden (la administración) no está en situación de poder frente al condómino y los