Recomendaciones de redacción para reglamentos de condominio
Si bien es cierto el Reglamento
de Condominio y Administración es la norma principal y más importante de un
condominio no es la única, pues la Asamblea de Condóminos puede tomar
decisiones regulatorias, y, si el reglamento mismo lo permite, otros Comités y
hasta la Administración.
Estas decisiones regulatorias incurren a veces en errores relativamente sencillos de evitar, por lo que queremos brindar algunas recomendaciones al respecto.
1.- Evite las repeticiones
innecesarias: Con frecuencia encontramos que, en normas derivadas del Reglamento,
se repiten artículos del Reglamento y hasta de la Ley. Si ya la norma existe en
un rango superior es innecesario repetirla, pues existe el riesgo de que se
repita mal con lo que se introducen discusiones de legalidad que causarán
incerteza jurídica. Si se considera algo tan relevante y se desea que prevalezca
aún ante un cambio normativo que permita ese espacio, entonces el lugar
correcto es el Reglamento de Condominio y Administración, para poder aplicarla
a futuros condóminos sin discusiones de publicidad registral.
2.- Evite definiciones
innecesarias: De igual forma, con frecuencia vemos definiciones que
reiteran conceptos que ya están en la ley 7933, del 28/10/1999, Ley Reguladora
de la Propiedad en Condominio, en su Reglamento decreto 32303 o en algunas
otras leyes. Las definiciones son útiles cuando se desea: (a) aclarar un
concepto que se presta a confusión, o si (b) se desea definir de una forma
particular un concepto, sea incluyendo algo que normalmente no se considera
incluido o bien excluyendo algo que se considera normalmente incluido.
3.- Evite la dispersión:
Otro problema usual es que un mismo tema se trata a pedazos, innecesariamente desperdigados
por el Reglamento, en lugar de hacer una sola sección con ese tema. Recuerde
diferenciar (a) la regulación de una situación y su procedimiento, (b) los deberes,
limitaciones o prohibiciones relacionados con esa prohibición y su sanción, y
(c) el procedimiento para imponer las consecuencias sancionatorias por ese
incumplimiento. Separar los primeros en un solo proceso, los segundos en una
sección de los deberes, limitaciones o prohibiciones para los condóminos y una
tercera con todo el procedimiento sancionatorio, es más claro.
4.- Evite la desarticulación:
El derecho es un sistema, integrado con otros institutos y en su aplicación se
articula con ellos, por lo que debe revisarse siempre de forma integral para evitar
contradicciones, vacíos de procedimiento o espacios sin regulación que no se
deseaba que hubiera.
5.- Evite las enumeraciones que
se prestan a confusión: Es entendible que se desea prever cambios, pero
hacer cuatro capítulos, cada uno con artículos que inician en el artículo uno,
se presta a confusión a la hora de referirlos. Se pueden usar capítulos, pero
con un articulado seguido, de uno en adelante.
6.- Lea la norma y piense en
su aplicación: Ordenar que las mascotas deban salir con correa, es distinto
de ordenar que deben salir SUJETAS con correa por PERSONA capaz de su conducción
segura.
7.- Siempre haga validar la propuesta por
un profesional competente en la materia, para asegurar su legalidad.